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Límites a la compensacion de pérdidas en España y aumento del plazo de compensación

Asesoramiento fiscal en inglés y alemán

Nuevos límites en la compensación de pérdidas de las sociedades españolas y aumento del plazo de compensación

08.2011

En un contexto de ausencia de liquidez de las finanzas públicas en España, y con el objeto de aumentar la recaudación por el Impuesto sobre Sociedades, el pasado día 19 de agosto 2011 el gobierno, de forma urgente vía Real Decreto, ha introducido dos cambios importantes en el Impuesto sobre Sociedades en relación con la compensación de pérdidas de las sociedades españolas.

Para las sociedades que hayan tenido beneficios y cuya cifra de facturación sea superior a los 6 millones de euros podrán compensarse las pérdidas de años anteriores hasta ciertos límites, que según la cifra de facturación puede ser del 50% de la base imponible previa a la compensación. Esto es, las pérdidas (que disminuirán la base imponible) no podrán superar el 50% de la base imponible antes de la compensación. Este límite solo se aplicará, al menos por ahora, durante los años 2011, 2012 y 2013.

Adicionalmente se amplía el periodo de compensación de las pérdidas pasando de los 15 años actuales a 18 años. Debe indicarse que este periodo empieza a contar desde el primer año en que la sociedad tiene beneficios.

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