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¿Dónde debo tributar si trabajo en España y en el extranjero?
Los pagos a un seguro médico público deben ser deducibles en la declaración de la renta del país donde resida el que las paga, aunque el país beneficiario sea otro
04.2010
En una sentencia del Tribunal UE de fecha 23.4.2009 (asunto Uwe Rüffler, C-544/07), este tribunal establece que los pagos en seguro de enfermedad que un residente en Polonia paga en Alemania son fiscalmente deducibles en la declaración de la renta de esta persona en Polonia. Esta sentencia es importante ya que todavía hay algunos estados de la UE que ponen límites a la deducibilidad de este gasto y solo lo aceptan si tiene lugar dentro de sus propias fronteras. Afortunadamente en España este problema ya no existe y la administración española acepta estos gastos sin ningún tipo de límite. Por este motivo, los expatriados que se trasladan a España, pero que continúan cotizando en la seguridad social en su país de origen (seguro de pensiones o seguro médico), podrán deducirse este gasto en su declaración de la renta española y sin ningún límite en la cuantía.
No puede olvidarse que la deducibilidad de este gasto está asociada al hecho de que se trate de un gasto hecho a una caja pública, no privada. En el caso en que p.e. un alemán residente en España realice pagos a un seguro médico privado en su país (ya que la normativa legal de ese país permite salirse del sistema médico público en ciertos casos), estos gastos no serán deducibles en España.