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Big is not beatiful. El tamaño no es sinónimo de calidad
Imprescindible explicación de la operación realizada en la factura
10.2013
Regularmente nuestros clientes nos preguntan por el detalle que debe indicarse en las facturas al referirse a la descripción de los servicios prestados o bienes vendidos. En muchas ocasiones se indican conceptos básicos como “prestación de servicios diversos” o “venta de maquinaria durante el mes de…”. El gran inconveniente de no detallarse la operación es que el comprador asume el riesgo de no poder deducirse el IVA soportado en esta factura.
A modo de ejemplo, en una sentencia de la Audiencia Nacional de 5.5.2008 se confirma una decisión de la administración por la que se denegaba la deducción del IVA soportado por encontrar demasiadas facturas con conceptos indeterminados. Ciertamente que el IVA soportado nunca puede ser un coste para la empresa pero para ello es imprescindible que se acredite que los pagos realizados tienen que ver de forma directa con el desarrollo de la actividad de la empresa. Para ello es imprescindible que se individualice de forma muy detallada el motivo de los pagos realizados. Como indica esta sentencia “la mecánica de la deducción no opera sobre una genérica prestación de servicios, sino sobre operaciones individualizadas que han de cumplir los requisitos legales.” También debe mencionarse que en esta sentencia el tribunal desconfiaba desde el principio de los conceptos indicados en las facturas ya que ambas empresas (compradora y vendedora) eran empresas vinculadas, lo que es muy frecuente en estos casos.
++Publicado en el newsletter legal de publicación mensual de la Cámara de Comercio Alemana en España relativo a novedades IVA++